19/11/2024
En esta primera etapa se debatirá la responsabilidad penal de María Soledad González y Camila Estefanía Robledo
La Unidad Fiscal de Homicidios I del MPF hizo su alegato de apertura. En esta primera etapa se debatirá la responsabilidad penal de María Soledad González y Camila Estefanía Robledo.
En la primera jornada del juicio contra María Soledad González y Camila Estefanía Robledo, la Unidad Fiscal de Homicidios I del MPF, representada por Pedro Gallo, hizo su alegato de apertura. El titular estuvo acompañado por el instructor Juan Manuel Vilardi.
Llegan a esta instancia (de responsabilidad penal), acusadas por los delitos de homicidio agravado por el empleo de arma de fuego en concurso ideal con homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa, en perjuicio de Emmanuel Rodolfo Luna (fallecido) y Matías Ignacio Robles (herido). González lo hace en calidad de autora y Robledo como partícipe necesaria, respectivamente.
En una segunda etapa (juicio de cesura), se debatirá el monto de la pena. En su exposición, Gallo recordó el hecho, ocurrido el 27 de agosto de 2023, en calle Senador Araujo al 700 de la ciudad de Lastenia (ver abajo). A lo largo de las jornadas, expondrán la víctima Robles, testigos, personal policial y miembros del Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF), a cargo del abordaje en el lugar. El tribunal está integrado por los jueces Elizabeth Raddi (presidenta), Augusto José Paz Almonacid y Fernando Zóttoli.
La teoría del caso
El 27 de agosto de 2023, a las 06:30 horas aproximadamente, en circunstancias que las víctimas Matías Ignacio Robles y Emmanuel Rodolfo Luna se encontraban junto a otras personas en la vereda del domicilio de este último en calle Senador Araujo al 700 de la ciudad de Lastenia (departamento de Cruz Alta) fue que arribaron María Soledad González y Camila Estefanía Robledo a bordo de una motocicleta marca Honda Wave (de color blanca) la cual era conducida por Robledo quien minutos previos había tenido un conflicto con familiares de Luna en un evento realizado a pocas cuadras de distancia.
Por lo cual, recurrió a González para tomar represalias en contra de éstos y se dirigieron a ese lugar. Una vez allí, González extrajo de entre sus prendas un arma de fuego con intenciones de ocasionar la muerte mientras Robledo prestaba una cooperación indispensable (al conducir la motocicleta).
En esos momentos, González efectuó un disparo en dirección a las víctimas, impactando el proyectil en la mano de Robles y en la región frontal del cráneo de Luna, quien falleció por un traumatismo encefalocraneano grave (por herida producida por proyectil de arma de fuego), tras lo cual las mencionadas se dieron inmediatamente a la fuga del lugar con rumbo desconocido a bordo del rodado en el que habían arribado.