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25/03/2025

Fernando Espinoza irá a juicio oral acusado de abuso sexual y desobediencia

Un juez de instrucción rechazó el pedido de sobreseimiento del intendente de La Matanza y dio por terminada la investigación. Fue denunciado por una secretaria privada que trabajaba en el Municipio con él

Fernando Espinoza irá a juicio oral acusado de abuso sexual y desobediencia

El intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, fue enviado hoy a juicio oral y público por el presunto abuso sexual de Melody Rakauskas, quien trabajaba en la secretaria privada del municipio, y por desobediencia a la orden judicial que le prohibía tener contacto con la mujer.

Fuentes judiciales informaron que el juez de instrucción Fernando Caunedo rechazó los pedidos de sobreseimiento de Espinoza y dio por cerrada la investigación para que pase a la instancia de juicio oral.

Ahora se deberá sortear el Tribunal Oral Criminal que hará el juicio a la espera que fije la fecha de inicio de debate.

El intendente de La Matanza será juzgado por el presunto abuso sexual de Rakauskas en mayo de 2021 en el departamento de la mujer. También porque cuando se investigaba el caso la justicia le había impuesto una prohibición de acercamiento y a pesar de eso Espinoza envió a la causa de la víctima a un funcionario del municipio para que firme la desestimación de la denuncia y en esa oportunidad habló con Espinoza por teléfono.

Espinoza fue procesada por la juicio de instrucción Fabiana Galetti, lo que fue ratificado por la Cámara del Crimen. Pero la investigación continuó y la fiscal de instrucción Mónica Cuñarro pidió el sobreseimiento del intendente ante el hallazgo de un audio en el celular de Rakauskas que desvinculada al intendente del caso.

Uno de los puntos centrales del dictamen es la evaluación del testimonio de la denunciante, el cual, según la fiscal, presenta contradicciones significativas tanto en aspectos centrales como en detalles secundarios. Estas inconsistencias, según Cuñarro, han generado dudas sobre la validez del relato y su capacidad para sostener una acusación penal. Además, la fiscal destacó que no se han presentado pruebas objetivas que respalden las afirmaciones de la denunciante, como registros médicos, llamados al 911, testimonios de testigos inmediatos o grabaciones que confirmen los hechos denunciados.

La misma postura había tomado la defensa de Espinoza que señaló que la denuncia era política. El juez Caunedo rechazó esos criterios y pasó el caso a juicio oral.

“La mayoría de los argumentos esgrimidos por la defensa, ya fueron objeto de análisis y respuesta por la cámara de apelaciones al confirmar el procesamiento, en una resolución también extensa, que abordó los cuestionamientos de los defensores, que habían sido críticos para con la denuncia y las pruebas reunidas”, sostuvo el magistrado.

El juez también sostuvo que la Cámara del Crimen “desechó que hubiera sido la querellante quien invitara al imputado a su casa, como sugería la defensa, a partir del relevamiento de la prueba que analizó. Y resaltó la relación de preeminencia del imputado y el uso del poder que ostentaba para lograr los encuentros en el domicilio de ella, pese a su intranquilidad e inicial reticencia.

El juez explicó que en el caso hay dos posturas. Por un lado la de la querella que le da validez al testimonio de la mujer y la de la defensa que lo rechaza: “A modo de síntesis, cabe destacar que la controversia se ciñe a la credibilidad del discurso de la querellante, como única prueba directa del abuso sexual denunciado, por cierto negado por el imputado, cuyo descargo ha quedado parcialmente desvirtuado con evidencias objetivas, que respaldan su presencia en el lugar al momento del hecho investigado”.